miércoles, 12 de enero de 2011

Mear en la calle

“Se prohíbe hacer necesidades fisiológicas, como defecar, orinar, escupir, en cualquiera de los espacios definidos en el artículo 3 de esta Ordenanza como ámbito de aplicación objetiva, salvo en las instalaciones o elementos que estén destinados especialmente a la realización de estas necesidades”.

lavabos publicos grafitiEste texto es el artículo 43 del Capítulo VI de la Ordenanza de Civismo, aprobada el 23 del 12 del 2005. En esa misma ley se contemplan muchas otras medidas para facilitar la convivencia en la ciudad, en la inmensa mayoría existe un apartado, “intervenciones específicas”, donde el Ajuntament explica cuáles son sus intenciones para intentar erradicar dichas conductas incívicas, curiosamente en el Capítulo VI no aparece ninguna intervención específica… Por si fuera poco la ciudad cuenta tan solo con 15 aseos públicos, todos ellos en CiutatVella (informe Eroski, 2007) o lo que es lo mismo, un baño público por cada 106878,53 habitantes.


No obstante esto no fue siempre así, ya que durante la Edad Moderna y hasta la llegada de Charles de Espangac como capitán general de Catalunya en 1827 era normal que en muchas de las casa se pudiera encontrar un orinal tras la puerta. El capitán general, conocido como el Tigre de la Ciutadella por su crueldad, los prohibió y desde entonces según palabras del ex-alcalde Clos: "S'ha de sortir pixat de casa" (se ha de salir meao de casa).

Aquí os dejo una curiosa iniciativa alemana, donde mediante el móvil podemos encontrar los mejores sitios donde hacer nuestras necesidades, subidos por los propios usuarios.

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